VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones Nº 45/04, 18/05, 01/10, 24/10, 03/15, 15/15 y 35/15 del Consejo del Mercado Común.
Que, por medio de las Decisiones CMC Nº 45/04 y 18/05, fue aprobada la creación e integración del Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM).
Que, mediante las Decisiones CMC N° 01/10 y 35/15, se aprobó y adecuó el Reglamento del FOCEM.
Que dicho Reglamento, en el artículo 21, establece el procedimiento para la designación y contratación del Coordinador Ejecutivo de la Unidad Técnica FOCEM (UTF).
Que, de conformidad con el artículo 21.2.ii, el Consejo de Administración del FOCEM (CA-FOCEM) analizó las aptitudes personales, calificación técnica y experiencia del candidato postulado por Brasil para ocupar dicho cargo.
Que corresponde al Consejo del Mercado Común designar al Coordinador Ejecutivo del FOCEM, de conformidad con el artículo 21.1 del referido Reglamento.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE:
Art. 1 - Designar al economista Luciano Wexell Severo, de nacionalidad brasileña, como Coordinador Ejecutivo de la Unidad Técnica FOCEM por un plazo de dos (2) años, hasta el 3 de julio de 2027.
Art. 2 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
LXVI CMC - Buenos Aires, 03/VII/25.
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