VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Acuerdo de Sede entre la República Oriental del Uruguay y el Mercado Común del Sur para el Funcionamiento de la Secretaría Administrativa del MERCOSUR y la Decisión Nº 15/15 del Consejo del Mercado Común.
Que el Protocolo de Ouro Preto establece que el MERCOSUR contará con una Secretaría, como órgano de apoyo operativo, a cargo de un Director.
Que el Grupo Mercado Común procedió a la elección del Director de la Secretaría Administrativa del MERCOSUR, de conformidad con el artículo 14 numeral XII y el artículo 33 del Protocolo de Ouro Preto.
Que corresponde al Consejo del Mercado Común designar al Director de la Secretaría Administrativa del MERCOSUR, de conformidad con el artículo 8, numeral IX del Protocolo de Ouro Preto. EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE:
Art. 1 - Designar al economista Luiz Gonzaga Coelho Júnior, de la República Federativa de Brasil, como Director de la Secretaría Administrativa del MERCOSUR con mandato desde el 1º de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022.
Art. 2 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR. CMC (Dec. CMC N° 20/02, Art. 6) - Montevideo, 28/I/21.