VISTO: el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión N° 22/99 del Consejo del Mercado Común y el Acuerdo N° 11/00 de la Reunión de Ministros del Interior del MERCOSUR.
Que el proceso de integración regional favorece la relación interinstitucional de los cuerpos de seguridad y/o policial de los Estados Partes, a los fines de la adopción de medidas oportunas y eficientes, para reducir el impacto negativo que genera en la sociedad el accionar delictivo.
Que es necesario avanzar en el desarrollo y cumplimiento de las acciones operativas y de coordinación previstas en los Acuerdos vigentes, en particular la prevista en el literal 8 del Capítulo V del Plan General de Cooperación y Coordinación Recíproca para la Seguridad Regional, aprobado por Decisión CMC Nº 22/99.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE:
Art. 1 - Aprobar la creación del Centro de Coordinación de Capacitación Policial entre los Estados Partes del MERCOSUR, elevada por la Reunión de Ministros del Interior del MERCOSUR, por el Acuerdo Nº 11/00 que consta como Anexo y forma parte de la presente Decisión.
XVIII CMC - Buenos Aires, 29/VI/00