VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile y las Decisiones Nº 11/96, 18/04, 28/04, 42/04, 43/04 y 44/04, 18/08 y 14/11 del Consejo del Mercado Común.
Que por medio de las Decisiones CMC N° 42/04, 43/04 y 44/04 se oficializó la incorporación de la República Bolivariana de Venezuela, de la República del Ecuador y la Republica de Colombia como Estados Asociados, respectivamente.
Que mediante Decisión CMC Nº 14/11 se aprobó el “Acuerdo Modificatorio del Anexo del Acuerdo sobre Documentos de Viaje de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados”.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE:
Art. 1 - Aprobar la Adhesión de la República de Colombia, de la República del Ecuador y de la República Bolivariana de Venezuela, al “Acuerdo Modificatorio del Anexo del Acuerdo sobre documentos de viaje del MERCOSUR”, suscripto el 28 de junio de 2011, en la ciudad de Asunción, República del Paraguay.
Art. 2 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XLIII CMC - Mendoza, 29/VI/12.
ACTA DE ADHESIÓN DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Y LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA AL “ACUERDO MODIFICATORIO DEL ANEXO DEL ACUERDO SOBRE DOCUMENTOS DE VIAJE DEL MERCOSUR”
La República de Colombia, la República del Ecuador y la República Bolivariana de Venezuela expresan su plena y formal adhesión al “Acuerdo Modificatorio del Anexo del Acuerdo Sobre Documentos de Viaje del MERCOSUR”, del 28 de junio de 2011 y suscriben la presente Acta de Adhesión.
La Secretaría del MERCOSUR será depositaria provisional de la presente Acta de Adhesión.
El referido Acuerdo entrará en vigor para la República de Colombia, la República del Ecuador y la República Bolivariana de Venezuela en el día de la fecha.
FIRMADA en la ciudad de Mendoza, República Argentina, a los veintinueve días del mes de junio de dos mil doce, en un original, en los idiomas español y portugués, siendo ambos textos igualmente auténticos.
__________________________ _____________________________ Por la República de Colombia Por la República del Ecuador
______________________________________ Por la República Bolivariana de Venezuela