VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Contrataciones Públicas del MERCOSUR y las Decisiones Nº 27/04 y 23/06 del Consejo del Mercado Común.
Que la Decisión CMC Nº 23/06 aprobó la suscripción del Protocolo de Contrataciones Públicas del MERCOSUR, firmado en Córdoba el día 20 de julio de 2006.
Que resulta necesario realizar ajustes en el mencionado Protocolo.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE:
Art. 1 - Instruir al Grupo de Contrataciones Públicas del MERCOSUR a iniciar la revisión del Protocolo de Contrataciones Públicas del MERCOSUR, la que deberá estar concluida antes de la próxima Reunión Ordinaria del CMC. La Presidencia Pro Tempore presentará informes periódicos a los Coordinadores Nacionales del Grupo Mercado Común sobre el avance de las negociaciones.
Art. 2 - Las negociaciones referidas en el Artículo 1 de la presente Decisión deberán centrarse en aquellos aspectos del mencionado Protocolo que se requiera modificar, a fin de adaptarlo a las actuales condiciones existentes en cada uno de los Estados Partes y de asegurar su pronta aplicación. El resultado de las negociaciones buscará mantener el equilibrio alcanzado en el Protocolo de Contrataciones Públicas del MERCOSUR firmado en Córdoba el día 20 de julio de 2006.
Art. 3 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XXXIX CMC - San Juan, 02/VIII/2010.