VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 18/05, 01/10, 22/15, 02/18 y 04/18 del Consejo del Mercado Común.
Que, por Decisión CMC Nº 02/18, se aprobó el Acuerdo Marco entre el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA) mediante el cual se acordó negociar un contrato de administración fiduciaria y convenios de complementación financiera y técnica entre el MERCOSUR y el FONPLATA.
Que dicho contrato tiene por objeto la administración fiduciaria de recursos financieros del Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM).
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE:
Art. 1 - Aprobar el “Contrato de Administración Fiduciaria entre el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA)”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Decisión.
Art. 2 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
LV CMC - Bento Gonçalves, 04/XII/19.