VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones Nº 61/00, 03/07, 28/07, 37/08, 46/10 y 08/11 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N° 50/03, 68/08 y 54/10 del Grupo Mercado Común.
Que por la Decisión CMC Nº 03/07 se creó el Instituto Social del MERCOSUR (ISM), con el objetivo de profundizar la dimensión social en el MERCOSUR y fortalecer el proceso de integración.
Que es necesario avanzar en la articulación de las políticas sociales del MERCOSUR, como un objetivo primordial para el diseño y la implementación de políticas sociales en la región.
Que los Ministros y Autoridades de Desarrollo Social del MERCOSUR asumieron el compromiso de financiar la estructura permanente del Instituto Social del MERCOSUR.
Que es necesaria la aprobación de un Presupuesto para el ejercicio 2012 que contemple la financiación de su estructura institucional y de su funcionamiento.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE:
Art. 1 - Aprobar el “Presupuesto del Instituto Social del MERCOSUR para el Ejercicio 2012”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Decisión.
Art. 2 - La ejecución del presupuesto aprobado se regirá por la Resolución GMC Nº 50/03, sus modificatorias y complementarias.
Art. 3 - Las instancias nacionales responsables de los aportes al Presupuesto que se aprueba por la presente Decisión son:
Argentina: Ministerio de Desarrollo Social Brasil: Ministério do Desenvolvimento Social e Combate à Fome Paraguay: Secretaría de Acción Social Uruguay: Ministerio de Desarrollo Social
Art. 4 - Autorizar, en carácter excepcional, la utilización de excedentes del ejercicio 2011 para el financiamiento de actividades del ISM y de sus gastos en personal y de funcionamiento, de conformidad con lo establecido en el Anexo de la presente Decisión.
Art. 5 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes por regular aspectos de organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XLII CMC - Montevideo, 19/XII/11