VISTO: El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto.
Que, por Decisión CMC Nº 03/07, fue creado el Instituto Social del MERCOSUR (ISM) con el objetivo de profundizar la dimensión social del MERCOSUR y fortalecer el proceso de integración.
Que es necesario avanzar en la articulación de políticas sociales del MERCOSUR como objetivo primordial para el diseño e implementación de políticas sociales de la región.
Que los Ministros y Autoridades de Desarrollo Social del MERCOSUR asumieron el compromiso de financiamiento de la estructura permanente del Instituto Social del MERCOSUR.
Que es necesaria la aprobación de un presupuesto para el ejercicio 2015, que contemple el financiamiento de su estructura institucional y de su funcionamiento.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE:
Art. 1 - Aprobar el “Presupuesto del Instituto Social del MERCOSUR para el ejercicio 2015”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Decisión.
Art. 2 - La ejecución del presupuesto aprobado se rige por las Resoluciones GMC Nº 50/03 y 15/12, sus modificatorias y complementarias.
Art. 3 - Las instancias nacionales responsables de los aportes al Presupuesto que se aprueba por la presente Decisión son:
Argentina: Ministerio de Desarrollo Social Brasil: Ministério do Desenvolvimento Social e Combate à Fome Paraguay: Secretaría de Acción Social Uruguay: Ministerio de Desarrollo Social Venezuela: Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Movimientos Sociales
Art. 4 - Autorizar al Instituto Social del MERCOSUR, para el caso que no se disponga de suficientes recursos provenientes de los aportes regulares de los Estados Partes relativos a 2015, a utilizar hasta un máximo de US$ 242.272 (doscientos cuarenta y dos mil doscientos setenta y dos dólares estadounidenses) del saldo de recursos excedentes de ejercicios anteriores, para el pago de egresos correspondientes al primer trimestre del Presupuesto aprobado para el 2015.
Art. 5 - Los recursos excedentes utilizados conforme a lo establecido en el Artículo 4 de la presente Decisión deberán ser restituidos a la cuenta de excedentes a medida que los Estados Partes efectúen sus respectivos aportes, sin que ello comprometa la normal ejecución presupuestaria.
Art. 6 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XLVII CMC - Paraná, 16/XII/14.
PRESUPUESTO DEL ISM PARA EL EJERCICIO 2015
I N G R E S O S
(A) APORTES DE LOS ESTADOS PARTES 856.717
Argentina 150.459 Brasil 244.495 Paraguay 150.458 Uruguay 81.498 Venezuela 229.807
(B) OTROS INGRESOS 112.373 Paraguay 112.373 TOTAL INGRESOS (A) + (B) 969.090
E G R E S O S
I) GASTOS CORRIENTES 831.717
GASTOS EN PERSONAL 410.986 SUELDOS 212.991 Director Ejecutivo 82.572 Demás Funcionarios 130.419
SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO 28.098 Director Ejecutivo 6.881 Demás Funcionarios 21.217
SEGURO MEDICO 25.155 Director Ejecutivo 3.600 Demás Funcionarios 21.555
BENEFICIOS SOCIALES 110.990 AYUDA ESCOLAR 19.440 AYUDA DE ALQUILER 52.188 AYUDA PARA GASTOS DE TRASLADO 9.362 AYUDA PARA GASTOS DE MUDANZA 30.000
CONTRIBUCIÓN PREVISIONAL 33.752
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 361.191 SUMINISTROS 8.000 CONSUMO GENERAL E INSUMOS 7.000 IMPRESIONES 1.000
SERVICIOS, MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE LA SEDE 305.991 SERVICIOS Y GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 59.965 ELABORACIÓN DE ESTUDIOS 75.000 CORREO GASTOS DE REPRESENTACIÓN CONFERENCIAS Y REUNIONES 86.000 TALLERES DE TRABAJO 85.000
MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE EQUIPOS 1.200
VIAJES EN MISION DE SERVICIO 46.000 PASAJES 25.000 SEGURO DE VIAJES 1.000 VIÁTICOS 20.000
OTROS GASTOS CORRIENTES 59.540 GASTOS Y SERVICIOS DIVERSOS 8.040 COMUNICACIONES 4.500 OTROS GASTOS Y SERVICIO DIVERSOS 3.540
CONTRATOS TEMPORALES 40.000
PREVISION OTROS GASTOS 6.500 TRADUCCIONES 2.500 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 4.000
INTERESES, COMISIONES Y GASTOS BANCARIOS 5.000 COMISIONES Y GASTOS BANCARIOS 5.000
II) GASTOS DE CAPITAL O ACTIVO FIJO 25.000 INVERSIONES 25.000 MÁQUINAS Y EQUIPOS DE OFICINA 12.000 MOBILIARIO Y MEJORAS 10.000 OTROS SERVICIOS Y GASTOS 3.000
III) EXCEDENTES 112.373
TOTAL EGRESOS (I) + (II) + (III) 969.090
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