VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones N° 40/04 y 14/09 del Consejo del Mercado Común,
Que por Decisión CMC N° 14/09 se creó el Instituto de Políticas Públicas de Derechos Humanos (IPPDDHH).
Que la mencionada Decisión establece que la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, será sede del IPPDDHH.
Que es necesario dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 36 del Protocolo de Ouro Preto y aprobar un Acuerdo de Sede con el objetivo de establecer las modalidades de cooperación entre las Partes y determinar las condiciones y prerrogativas que facilitarán el desempeño de las funciones del IPPDDHH y de sus funcionarios.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE:
Art. 1 - Aprobar la suscripción del Acuerdo de Sede entre la República Argentina y el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) para el funcionamiento del Instituto de Políticas Públicas de Derechos Humanos, que consta como Anexo y forma parte de la presente Decisión.
Art. 2 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XXXVIII CMC - Montevideo, 07/XII/09.