VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones Nº 27/04 y 23/06 del Consejo del Mercado Común.
Que un protocolo de contrataciones públicas representa para el MERCOSUR un instrumento esencial para el fortalecimiento de la Unión Aduanera, con vistas a la construcción del Mercado Común del Sur.
Que dicho instrumento conferirá la necesaria seguridad jurídica a los agentes económicos de los Estados Partes.
Que la creación de nuevas oportunidades de negocio para el sector privado contribuye para la generación de empleo y renta.
Que la reducción de costos para el sector público contribuye para el desarrollo económico-social. EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE:
Art. 1 - Aprobar el texto del “Protocolo de Contrataciones Públicas del MERCOSUR”, que figura como Anexo y hace parte de la presente Decisión.
Art. 2 - Derogar las Decisiones CMC N° 27/04 y 23/06.
Art. 3 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR. LI CMC - Brasilia, 20/XII/17.