VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 7/96, 24/99, 27/99 y 23/00 del Consejo del Mercado Común y el Acuerdo N° 17/00 de la Reunión de Ministros de Interior del MERCOSUR.
Que es voluntad de los Estados Partes del MERCOSUR acordar soluciones jurídicas para el fortalecimiento del proceso de integración.
Que estiman como necesaria la garantía del orden y la continuidad deseable mediante la elaboración de un único instrumento que recoja e incorpore los procedimientos de trabajo desarrollados hasta el presente Acuerdo.
Que la Reunión de Ministros del Interior alcanzó un Acuerdo sobre el Reglamento Interno de la Reunión de Ministros del Interior del MERCOSUR.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE:
Art. 1 - Aprobar el "Reglamento Interno de la Reunión de Ministros del Interior del MERCOSUR", en las versiones en español y portugués, que consta como Anexo y forma parte de la presente Decisión.
Art. 2 - Derogar las Decisiones CMC N° 24/99 y 27/99.
Art. 3 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de organización o funcionamiento del MERCOSUR.
XIX CMC - Florianópolis, 14/XII/00