VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile, la Decisión N° 41/04 del Consejo del Mercado Común y la Resolución N° 90/00 del Grupo Mercado Común.
Que el desarrollo del proceso de integración tiene una dimensión política que requiere acciones coordinadas y sistematizadas de todos los actores en él involucrados.
Que la Decisión N° 41/04 del Consejo del Mercado Común creó el Foro Consultivo de Municipios, Estados Federados, Provincias y Departamentos del MERCOSUR (FCCR), con la finalidad de estimular el diálogo y la cooperación entre las autoridades de nivel municipal, estadual, provincial y departamental de los Estados Partes.
Que se hace necesario establecer un plan de acción que oriente al referido foro en el bienio 2013-2014. EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE:
Art. 1 - Aprobar el “Plan de Acción 2013-2014 del Foro Consultivo de Municipios, Estados Federados, Provincias y Departamentos del MERCOSUR”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Decisión.
Art. 2 - El FCCR presentará al GMC un informe anual de cumplimiento de su Plan de Acción.
Art. 3 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento do MERCOSUR. XLIV CMC - Brasilia, 06/XII/12.