VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 40/04, 14/09, 32/09,12/10, 23/14, 47/14, 15/15 y 45/15 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N° 50/03, 11/11 y 64/14 del Grupo Mercado Común.
Que la Decisión CMC Nº 40/04 creó la Reunión de Altas Autoridades sobre Derechos Humanos del MERCOSUR (RAADDHH), con el objetivo de velar por el respeto, la promoción y la protección de los Derechos Humanos y libertades fundamentales.
Que la Decisión CMC N° 14/09 creó el Instituto de Políticas Públicas de Derechos Humanos (IPPDDHH), en el ámbito de la RAADDHH, a los fines de contribuir al fortalecimiento del Estado de Derecho en los Estados Partes y a la consolidación de los Derechos Humanos como eje fundamental de la identidad y desarrollo del MERCOSUR, y que tiene su sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina.
Que los artículos 2 y 3 de la referida Decisión establecen las funciones y objetivos del IPPDDHH.
Que el IPPDDHH constituye una instancia técnica de investigación en el campo de las políticas públicas en Derechos Humanos e implementación de las líneas estratégicas, aprobadas por la RAADDHH, con miras a contribuir a la consolidación de la dimensión social como un eje central en el proceso de integración del MERCOSUR.
Que el funcionamiento del IPPDDHH hace necesario la adecuación de su estructura.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE:
Art. 1 - Aprobar la “Estructura del Instituto de Políticas Públicas de Derechos Humanos”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Decisión y sustituir el Apéndice IV de la Decisión CMC N° 15/15.
Art. 2 - Crear un cargo de Asesor Técnico/Jefe de Departamento dentro de la estructura del Instituto de Políticas Públicas de Derechos Humanos.
Art. 3 - Modificar la estructura de cargos del IPPDDHH incluida en el Anexo I de la Resolución GMC N° 64/14 conforme lo dispuesto en el Anexo de la presente Decisión.
Art. 4 - Derogar el Anexo de la Decisión CMC Nº 12/10.
Art. 5 - Esta Decisión no necesita ser incorporada solo al ordenamiento jurídico interno de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XLIX CMC - Asunción, 20/XII/15.