VISTO: El Protocolo de Ouro Preto, la Decisión No 22/94 del Consejo del Mercado Común, las Resoluciones No 36/95 y 65/01 del Grupo Mercado Común y la Directiva No 8/96 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR.
Que se hace necesario modificar el formulario aprobado por la Directiva CCM No 8/96 a efectos de agilizar el estudio de las solicitudes de modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR y consecuentemente el Arancel Externo Común, instrumento esencial de la unión aduanera.
LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1 - Aprobar el Formulario a ser utilizado para las nuevas solicitudes de aperturas de posiciones arancelarias y alteraciones de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) y/o modificaciones del Arancel Externo Común (AEC), presentada a partir del 21 de agosto de 2002, que figura en el Anexo y forma parte de la presente Directiva.
Art. 2 - Derógase la Directiva No 08/96 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR.
Art. 3 - La presente Directiva no necesita ser incorporada a los ordenamientos jurídicos de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o funcionamiento del MERCOSUR.
LVII CCM - Brasilia, 21/VIII/2002.