VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Resolución N° 08/08 del Grupo Mercado Común y la Directiva N° 12/15 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR.
Que la República Federativa del Brasil presentó la solicitud para la aplicación de una determinada medida arancelaria, en el marco de la situación prevista en el inciso 4 del Artículo 2 de la Resolución GMC Nº 08/08.
Que la Comisión de Comercio del MERCOSUR ante dicha solicitud aprobó la Directiva CCM N° 12/15.
Que, en virtud de la aprobación por el Grupo Mercado Común de la rebaja arancelaria permanente en cuestión, por medio de la Resolución GMC N° 53/15, la República Federativa del Brasil solicita la derogación de la Directiva CCM N° 12/15.
LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1 - Derogar la Directiva CCM N° 12/15 “Acciones Puntuales en el Ámbito Arancelario por Razones de Abastecimiento”.
Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurídico interno de la República Federativa del Brasil. Esta incorporación deberá ser realizada antes del 16/V/2016.
CXLVI CCM - Montevideo, 16/III/16.