VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión N° 01/09 del Consejo del Mercado Común, las Resoluciones N° 05/15, 07/19 y 30/19 del Grupo Mercado Común y la Directiva N° 41/11 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR.
Que el Régimen de Origen MERCOSUR faculta a la Comisión de Comercio del MERCOSUR a modificar dicho Régimen por medio de Directivas.
Que es necesario adecuar los requisitos específicos de origen del Régimen de Origen del MERCOSUR a las modificaciones de la Nomenclatura Común del MERCOSUR.
Que las Resoluciones GMC N° 07/19 y 30/19 modifican la Nomenclatura Común del MERCOSUR. LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1 - Modificar el Apéndice I del Anexo de la Decisión CMC Nº 01/09 y el Anexo de la Directiva CCM Nº 41/11, en sus versiones en español y portugués, conforme consta en el Anexo que forma parte de la presente Directiva.
Art. 2 - Solicitar a los Estados Partes signatarios del Acuerdo de Complementación Económica Nº 18 (ACE N° 18) que instruyan a sus respectivas Representaciones ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), a protocolizar la presente Directiva en el marco del ACE Nº 18, en los términos establecidos en la Resolución GMC Nº 43/03.
Art. 3 - Esta Directiva deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 01/I/2020. CLXVIII CCM - Montevideo, 25/IX/19.