MERCOSUR/CMC/REC. Nº 07/23 LINEAMIENTOS DE TRABAJO EN EL MERCOSUR PARA LA GESTIÓN DE LA SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO CON PERSPECTIVA DE GÉNERO VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 19/02, 32/06 y 33/06 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N° 84/00 y 04/15 del Grupo Mercado Común. CONSIDERANDO: Que el artículo 25 de la Declaración Sociolaboral del MERCOSUR del 2015 establece el deber de los Estados Partes, en consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y trabajadores, de formular, planificar, implementar, controlar y evaluar periódicamente un sistema nacional de salud y seguridad en el trabajo que garantice la mejora continua de las condiciones y del ambiente de trabajo. Que, en el MERCOSUR en materia de inspección de trabajo, por Decisión CMC N° 32/06, se han aprobado las condiciones mínimas aplicables a este procedimiento y, por Resolución GMC N° 33/06, los requisitos mínimos que debe reunir el inspector a cargo de su ejecución, así como por Resolución GMC N° 22/09 un Plan Regional de Inspección del Trabajo del MERCOSUR (PRITM). Que, en el ámbito del MERCOSUR, se han adoptado instrumentos con disposiciones específicas vinculadas a la incorporación de la perspectiva de género en políticas y programas. Que la Resolución GMC Nº 04/15 aprobó el “Plan Regional de Salud y Seguridad de los Trabajadores en el MERCOSUR” con el objeto de desarrollar acciones tendientes a promover y proteger la salud y seguridad de los trabajadores en el MERCOSUR. Que, en la XXX Reunión de Ministros de Trabajo, se subrayó la decisión de la Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT de añadir la seguridad y la salud a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo con el Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (Nº 155) y el Convenio sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo, 2006 (Nº 187). Que adoptar lineamientos de trabajo para incorporar la perspectiva de género en las actividades del “Plan Regional de Salud y Seguridad de los Trabajadores en el MERCOSUR” contribuye a fomentar un entorno de trabajo seguro y saludable. Que la incorporación de la perspectiva de género en las actividades del “Plan Regional de Salud y Seguridad de los Trabajadores en el MERCOSUR” requiere de un instrumento orientativo para la protección de las y los trabajadores en los lugares de trabajo. Que resulta necesario que los Estados Partes utilicen lineamientos de trabajo para la gestión de la salud y seguridad en el trabajo con perspectiva de género, con vistas a avanzar en la adopción de una normativa MERCOSUR en la materia. EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN RECOMIENDA: 1 - La adopción, a través de las respectivas autoridades u organismos nacionales en materia laboral de cada Estado Parte, de medidas apropiadas y acordes para la incorporación de la perspectiva de género en la gestión de la salud y seguridad en el trabajo, de acuerdo a las legislaciones nacionales, tales como: Formular políticas y programas de salud y seguridad en el trabajo con perspectiva de género, en consulta con los actores económicos y sociales del mundo del trabajo. Incorporar la perspectiva de género en la gestión de la salud y seguridad que considere en forma sistemática las diferentes situaciones laborales, condiciones y necesidades de las personas en el mundo del trabajo. Promover el intercambio de datos y estadísticas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, desagregados por sexo/género, para el análisis del impacto diferenciado en la salud, desigualdades y otros aspectos. Disponer la formación de inspectoras e inspectores del trabajo en materia de salud y seguridad en el trabajo con perspectiva de género. Desarrollar estudios sobre el impacto de la división sexual del trabajo en los riesgos laborales bajo la dimensión de la perspectiva de género. Recopilar la información proveniente de las acciones de inspección en materia de salud y seguridad en el trabajo con perspectiva de género. Desarrollar una lista de verificación de los lugares de trabajo con perspectiva de género. Difundir medidas de información para asegurar el pleno goce de los derechos sociolaborales sin discriminación por motivos de género en materia de protección de la salud y a la seguridad en los lugares de trabajo. Confeccionar un glosario de términos vinculados a la salud y seguridad en el trabajo con perspectiva de género y otras materias. LXIII CMC - Río de Janeiro, 06/XII/23.
Biblioteca Normativa do MERCOSUL
REC-007-2023
LINEAMIENTOS DE TRABAJO EN EL MERCOSUR PARA LA GESTIÓN DE LA SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO CON PERSPECTIVA DE GÉNERO
Recomendação 7/2023 · 2023-12-06
- Situação do ato
- Vigente
- Estado da matéria
- Vigente
- Matéria
- J · Trabalho, educação, mobilidade e políticas sociais
Reprodução da base documental pública da Secretaria do MERCOSUL, para consulta. Este projeto é pessoal e independente: não é produto oficial, não substitui a publicação oficial nem certifica vigência; «situação do ato» reproduz o catálogo e «estado da matéria» é derivação editorial da edição de 2026-07-09.
O que dispõe
Recomenda que as autoridades trabalhistas nacionais adotem diretrizes para incorporar a perspectiva de gênero na gestão da saúde e segurança no trabalho, incluindo formulação de políticas em consulta com atores sociais, intercâmbio de dados de acidentes e doenças profissionais desagregados por sexo/gênero, capacitação de inspetores e elaboração de glossário de termos na matéria. Integra-se ao Plano Regional de Saúde e Segurança dos Trabalhadores do MERCOSUL (Res. GMC nº 04/15). Incorporação não exigida.
Identificação
Texto integral
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