VISTO: El Art. 13 del Tratado de Asunción, las Decisiones Nº 4/91, Nº 9/94 y Nº 22/94 del Consejo del Mercado Común y la Propuesta de la Comisión de Comercio del MERCOSUR Nº 1/95,
Que la Decisión Nº 22/94 del Consejo del Mercado Común aprobó el Arancel Externo Común del MERCOSUR, compuesto por la Nomenclatura Común del MERCOSUR y sus respectivas alícuotas;
Que es necesario perfeccionar la Nomenclatura Común del MERCOSUR para la eficacia del Arancel Externo Común como instrumento de política comercial.
Que la Decisión Nº 22/94 delega al Grupo Mercado Común la competencia para modificar el Arancel Externo Común.
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:
Art. 1 -Adecuar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, aprobados por la Decisión Nº 22/94 del Consejo del Mercado Común, de conformidad con los Anexos I y II, que forman parte de la presente Resolución .
Art. 2 - La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 30 de abril de 1995.
XVII GMC - Asunción, 31/III/95