VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las normas pertinentes.
Que por la Resolución GMC Nº 50/03, la Secretaría del MERCOSUR (SM) debe elevar a consideración del Grupo Mercado Común (GMC) su proyecto de presupuesto para el ejercicio del año siguiente.
Que el GMC instruyó a la SM a elaborar conjuntamente con el Grupo de Asuntos Presupuestarios el proyecto de presupuesto de la SM.
Que es necesario que el GMC apruebe el presupuesto anual de la SM.
Que es conveniente asegurar los recursos para la ejecución presupuestaria de la SM en el período anterior al pago de los aportes de los Estados Partes.
EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el “Presupuesto de la Secretaría del MERCOSUR para el Ejercicio 2014”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Autorizar a la SM a utilizar fondos del saldo de recursos excedentes de ejercicios anteriores, mientras no disponga de suficientes recursos provenientes de los aportes regulares de los Estados Partes.
Art. 3 - Los recursos excedentes utilizados conforme a lo establecido en el Artículo 2 de la presente Resolución deberán ser restituidos a la cuenta de excedentes a medida que los Estados Partes efectúen sus respectivos aportes, sin que ello comprometa la normal ejecución presupuestaria.
Art. 4 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
CMC (Dec. N° 20/02, Art. 6) - Montevideo, 11/IV/14.
PAGE \* MERGEFORMAT2
PAGE \* MERGEFORMAT1