VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 10/91 y 12/04 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nº 26/92, 57/05 y 27/09 del Grupo Mercado Común.
Que el Convenio de Financiación entre la Unión Europea y el MERCOSUR para el “Programa MERCOSUR Audiovisual” DCI- ALA/2008/020-297 fue suscripto el 22 de julio de 2009.
Que es competencia del Grupo Mercado Común aprobar los Programas de Cooperación Técnica Internacional de apoyo al MERCOSUR.
Que resulta necesario realizar modificaciones a las disposiciones del Convenio de Financiación para garantizar una mayor eficiencia en la ejecución del Proyecto.
EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar la firma del Addendum N° 1 al Convenio de Financiación MERCOSUR - UE “Programa MERCOSUR Audiovisual”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - El Anexo de la presente Resolución se encuentra únicamente en el idioma español.
Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
LXXXVII GMC - Buenos Aires, 19/lV/12.