MERCOSUR/GMCIRES Nro. 5/94
Cronograma de reuniones y Programa de actividades/ SGT. Nros. 1, 2 y 10 y Grupo Ad Hoc - Nuevos Instrumentos
VISTO Los Artículos 1 y 13 del Tratado de Asunción, el Artículo 10 de la Decisión 4/92,
las Decisiones 1/92, 9/93 y 13/93 del Consejo Mercado Común y
CONSIDERANDO
Que la Unión Aduanera a ponerse en funcionamiento el 1 de Enero de 1995, requiere definir y poner en práctica un conjunto de medidas e instrumentos necesarios, útiles y eficaces a tales fines
Que con tal finalidad es necesario establecer a los Subgrupos de Trabajo Nos. 1, 2 y 10, y Grupos Ad Hoc del GMC, un cronograma de reuniones y programa de actividades, hasta el 31 de diciembre de 1994, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Cronograma de Medidas de Las Leñas y en la Decisión 13/93.
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE
Artículo 1 - Aprobar el siguiente cronograma de reuniones y programa de actividades para los Subgrupos de Trabajo Nos. 1, 2 y 10, que consta como Anexo a la presente Resolución.
Artículo 2 - Constituir un Grupo Ad Hoc, dependiente del Grupo Mercado Común encargado de analizar y definir los contenidos y pautas de los nuevos instrumentos para la puesta en marcha de la Unión Aduanera.
A fin de elevar una propuesta sobre este particular al Grupo Mercado Común, para el 30 de setiembre próximo, el Grupo Ad Hoc cumplirá el cronograma respectivo que consta en
el Anexo de esta Resolución.
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