VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 10/91, 59/00 y 20/02 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nº 26/92 y 57/05 del Grupo Mercado Común.
Que en el marco de la estrategia de relacionamiento externo del MERCOSUR, una de las prioridades ha sido la celebración de Acuerdos que incrementen los vínculos con otros países, grupos de países u Organismos Internacionales.
Que la agenda de trabajo de la Comisión de Comercio incluye temas prioritarios para los cuales se hace necesario fortalecer las bases técnicas
Que las actividades a realizar en el marco del proyecto son de relevancia para fortalecer la capacidad técnica de la CCM y apoyar a los Estados Partes del MERCOSUR en la profundización del proceso de integración.
EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar la firma de la “Carta - Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable Nº ATN/SF-10331-RG “Apoyo Técnico a la Comisión de Comercio del MERCOSUR”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - El Anexo de la presente Resolución se encuentra únicamente en español.
Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
GMC (Dec. 20/02, Art. 6) - Asunción, 22/V/07