VISTO: El HYPERLINK "../../tratado.htm"Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 08/03 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 85/93 del Grupo Mercado Común.
Que la Resolución GMC Nº 85/93 complementa a la Resolución GMC Nº 46/93 “Reglamento Técnico MERCOSUR de aditivos aromatizantes/saborizantes”.
Que la Resolución GMC Nº 46/93 ha sido derogada por la Resolución GMC Nº 10/06.
Que los criterios establecidos en la Resolución GMC Nº 85/93 han sido incluidos en la Resolución GMC Nº 10/06, motivo por el cual corresponde su derogación.
EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
Art.1 - Derogar la Resolución GMC Nº 85/93 “Lista de Especies Botánicas”.
Art. 2 - Los Organismos Nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son:
Argentina: Ministerio de Salud Secretaría de Política, Regulación y Relaciones Sanitarias Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica Ministerio de Economía y Producción Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.
Brasil: Ministério da Saúde Agência Nacional de Vigilância Sanitária - ANVISA Ministério da Agricultura, Pecuária e Abastecimento - MAPA Secretaria de Defesa Agropecuária - SDA
Paraguay: Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social Ministerio de Agricultura y Ganadería Servicio Nacional de Sanidad Vegetal - SENAVE
Uruguay: Ministerio de Salud Pública Ministerio de Industria, Energía y Minería Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU)
Art. 2 - Los Estados Partes deberán incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del 18/XII/07.
LXVIII GMC - Asunción, 21/VI/07