VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 37/03, 03/07, 07/07, 14/09, 01/10, 63/10 y 65/10 del Consejo del Mercado Común y la Resolución N° 11/11 del Grupo Mercado Común.
Que resulta conveniente contar con un régimen de pasantías que regule las prácticas que realicen estudiantes universitarios de los Estados Partes en los órganos del MERCOSUR.
Que la colaboración en las tareas ordinarias de dichos órganos permitirá al pasante enriquecer su formación académica y profesional.
Que un régimen de pasantías contribuirá a la interacción entre los órganos del MERCOSUR y la comunidad universitaria de los Estados Partes.
EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el “Régimen de Pasantías del MERCOSUR” que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
LXXXVIII GMC - Buenos Aires, 14/VI/12.