VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 59/00, 20/02, 30/03, 36/10, 44/15, 45/15 y 02/17 del Consejo del Mercado Común, las Resoluciones Nº 61/96, 26/01 y 19/12 del Grupo Mercado Común y las Directivas N° 05/96 y 17/99 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR.
Que resulta conveniente actualizar el Reglamento Interno de la Comisión de Comercio del MERCOSUR.
Que una de las atribuciones de la Comisión de Comercio del MERCOSUR es adoptar su reglamento interno y someterlo al Grupo Mercado Común para su homologación. EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
Art. 1 - Homologar el “Reglamento Interno de la Comisión de Comercio del MERCOSUR”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Derogar la Resolución GMC N° 61/96, la Directiva CCM N° 05/96 y el Artículo 4 de la Directiva CCM N° 17/99.
Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de organización o del funcionamiento del MERCOSUR. CVIII GMC - Asunción, 16/VI/18.