VISTO: El Tratado de Asunción suscripto el 26 de marzo de 1991 y lo acordado en la V Reunión del Grupo Mercado Común y,
Que es de fundamental importancia el desarrollo de la ciencia y la tecnología y su aporte al mejoramiento del bienestar general;
Que por lo tanto se hace necesario profundizar los estudios en la materia tendientes a la formulación de directivas referidas a políticas científicas y tecnológicas para el MERCOSUR;
Que varios Subgrupos de Trabajo tratan este tema en aspectos específicos vinculados con sus competencias, lo cual requiere una coordinación de posiciones;
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:
ARTICULO 1.- Crear la Reunión Especializada de Ciencia y Tecnología cuyo objeto será promover el estudio de los aspectos vinculados a esta materia, con vistas a la integración de las Instituciones de investigación y a la formulación de lineamientos básicos para las políticas científicas y tecnológicas del MERCOSUR.
ARTICULO 2.- Los Subgrupos de Trabajo que traten temas vinculados con Ciencia y Tecnología participarán, a través de los representantes que se designen, en la Reunión creada por el Artículo 1°, a efectos de armonizar las tareas y posiciones en la materia.
VI GMC- Las Leñas, 25/VI/1992.