VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 4/96 y 07/07 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nº 54/03, 06/04, 7/04 y 35/06 del Grupo Mercado Común.
Que el Grupo Mercado Común estableció Normas Generales Relativas a los Funcionarios de la Secretaría Administrativa del MERCOSUR (en adelante SM) y creó el Tribunal Administrativo-Laboral (TAL) del MERCOSUR.
Que el mencionado Tribunal es la única instancia para resolver las reclamaciones de índole administrativo-laboral del personal de la SM y las personas contratadas por la SM para obras o servicios determinados en la SM o en otros órganos de la estructura institucional del MERCOSUR.
Que es necesario realizar las designaciones de los miembros del TAL, de conformidad a lo establecido por la Res. GMC Nº 54/03, las cuales serán por un período de dos años, que pueden ser renovables por períodos iguales.
EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
Art. 1 - Designar, a partir del 1º/VI/2008, como miembros titulares del “Tribunal Administrativo-Laboral del MERCOSUR” (TAL), única instancia jurisdiccional para resolver las reclamaciones de índole administrativo-laboral, a los siguientes juristas:
María Cristina Boldorini (Argentina) Antonio Paulo Cachapuz de Medeiros (Brasil) Miguel Ángel Solano López (Paraguay) María Carmen Ferreira Harreguy (Uruguay)
Art. 2 - Se desempeñarán como suplentes para actuar en caso de ausencia de su respectivo miembro titular los siguientes juristas:
Marina García del Río (Argentina) Cristovão Tavares de Macedo Soares Guimarães (Brasil) Kuni Hashimoto (Paraguay) Liliana Dono (Uruguay)
Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XXXIII GMC Ext. - San Miguel de Tucumán, 29/VI/08