VISTO: El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto.
Que es necesario adoptar una política común del MERCOSUR sobre neumáticos inclusive reformados y usados, que tenga en cuenta tanto los aspectos de naturaleza comercial y productiva como aquellos relacionados a la protección del medio ambiente y de la salud pública.
EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
Art. 1 - Crear el Grupo Ad Hoc para una Política Regional sobre Neumáticos inclusive Reformados y Usados (GAHN), subordinado al Grupo Mercado Común.
Art. 2 - El Grupo Ad Hoc tendrá como mandato inicial elaborar antes de fines de 2008, una política del MERCOSUR para el comercio de neumáticos reformados y usados.
Art. 3 - La Política del MERCOSUR para el comercio de neumáticos reformados y usados deberá ser presentada al Grupo Mercado Común, que la elevará al Consejo del Mercado Común, en su XXXVI Reunión Ordinaria. Durante la implementación del mandato a que hace referencia el Art. 2°, se mantendrán las corrientes de comercio de neumáticos reformados y usados en el comercio intrazona.
Art. 4 - El Grupo Ad Hoc elaborará también una política común de destino final ambientalmente adecuada para todo el sector de neumáticos.
Art. 5 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XXXIII GMC Ext. - San Miguel de Tucumán, 29/VI/08
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