VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 23/14 y 16/18 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N° 11/04, 25/07, 19/17 y 17/21 del Grupo Mercado Común.
Que el 30 de noviembre de 2021, se suscribió el “Acuerdo Marco de Cooperación entre el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA)”, el cual estableció una vigencia de tres años.
Que, de conformidad con el artículo IX de dicho Acuerdo, cualquier modificación deberá realizarse por medio de Addendum.
Que, teniendo en cuenta los logros alcanzados desde su suscripción, el MERCOSUR y el IICA coincidieron en la necesidad de ampliar la vigencia del referido Acuerdo. EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar la firma de la “Addendum N° 1 al Acuerdo Marco de Cooperación entre el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA)”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR. CXXXIII GMC - Montevideo, 31/X/24.