VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones N° 23/14 y 16/18 del Consejo del Mercado Común.
Que la cooperación internacional es una herramienta que contribuye al fortalecimiento y desarrollo del proceso de integración.
Que el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA), como institución internacional de desarrollo, busca apoyar a los Estados Partes en el proceso de integración regional para lograr un desarrollo armónico e inclusivo, con el objetivo de reducir las disparidades socio económicas y privilegiando la complementariedad y la sinergia de los esfuerzos de las instituciones de desarrollo nacional, así como de agencias de desarrollo, a fin de favorecer a uno o más países para una mejor inserción en la subregión, en la región y en el mercado global.
Que es necesario proporcionar un marco para la cooperación y facilitar la colaboración recíproca entre el MERCOSUR y el FONPLATA en áreas de interés común, así como orientar las actividades de cooperación técnica internacional para el desarrollo. EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
Art.1 - Aprobar la firma del “Memorando de Entendimiento entre el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA)”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR. CXXXIII GMC - Montevideo, 31/X/24.