VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 33/04 y 24/08 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N° 37/05, 07/16 y 61/18 del Grupo Mercado Común.
Que se creó el "Fondo de Financiamiento del Sector Educacional del MERCOSUR (FEM)" con el propósito de financiar los programas y proyectos del área educativa que fortalezcan el proceso de integración regional.
Que, de conformidad con su Reglamento, el FEM debe ser administrado por un organismo especializado, seleccionado por la Reunión de Ministros de Educación (RME) para ese fin.
Que la RME seleccionó a la Corporación Andina de Fomento (CAF) para la administración del FEM, habiéndose firmado el convenio de administración correspondiente el 18 de octubre de 2005, el cual fue renovado sucesivamente.
Que por Resolución GMC N° 61/18 se resolvió celebrar un nuevo convenio de administración.
Que resulta necesario actualizar los términos del Convenio aprobado por la mencionada Resolución.
EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el “Convenio entre el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y la Corporación Andina de Fomento (CAF) para la Administración del Fondo de Financiamiento del Sector Educacional del MERCOSUR”, que consta como Anexo, únicamente en idioma español. El monto del FEM a la fecha de la firma de la presente Resolución asciende a dólares estadounidenses dos millones setecientos cuarenta y tres mil doscientos cincuenta y uno con dos centavos (US$ 2.743.251,02)
Art. 2 - Derogar la Resolución GMC Nº 61/18.
Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
GMC (Dec. CMC N° 20/02, Art. 6) - Montevideo, 13/VI/19.