VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 58/00 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nº 19/92, 38/98, 45/17 y 57/18 del Grupo Mercado Común.
Que resulta necesario complementar y profundizar los procedimientos para la elaboración de Reglamentos Técnicos MERCOSUR y Procedimientos MERCOSUR de Evaluación de la Conformidad, a fin de avanzar en el proceso de armonización y evitar las barreras técnicas al comercio.
Que resulta necesario establecer una estructura única para los Reglamentos Técnicos MERCOSUR y Procedimientos MERCOSUR de Evaluación de la Conformidad.
Que resulta necesario alinear las prácticas de reglamentación del MERCOSUR a las mejores prácticas reglamentarias establecidas en los organismos internacionales. EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar la “Guía para la elaboración de Reglamentos Técnicos MERCOSUR y Procedimientos MERCOSUR de Evaluación de la Conformidad”, la “Evaluación de Riesgos Reglamentarios” y los “Esquemas de Certificación de Productos” que constan como Anexos I, II y III, respectivamente, y forman parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Derogar la Resolución GMC Nº 19/92.
Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR. GMC (Dec. CMC N° 20/02, Art. 6) - Montevideo, 18/XI/21.