VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Resoluciones Nº 54/03 y 51/10 del Grupo Mercado Común.
Que el Grupo Mercado Común creó el Tribunal Administrativo-Laboral del MERCOSUR (TAL).
Que el mencionado Tribunal es la única instancia para resolver las reclamaciones de índole administrativo-laboral de los funcionarios del MERCOSUR y las personas contratadas para obras o servicios determinados en los órganos de la estructura institucional del MERCOSUR.
Que es necesario realizar las designaciones de los miembros del TAL, de conformidad a lo establecido por la Resolución GMC Nº 54/03, quienes se desempeñarán por un período de dos años, renovable por períodos iguales.
EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
Art. 1 - Designar, por un período de dos (2) años contados a partir de la fecha de aprobación de la presente Resolución, como miembros titulares del Tribunal Administrativo-Laboral del MERCOSUR, única instancia jurisdiccional para resolver las reclamaciones de índole administrativo-laboral, a los siguientes juristas:
Leopoldo Sahores (Argentina) Antonio Paulo Cachapuz de Medeiros (Brasil) Carmen Céspedes (Paraguay) María del Carmen Ferreira Harreguy (Uruguay) Asdrubal Blanco (Venezuela)
Art. 2 - Designar, por un período de dos (2) años contados a partir de la fecha de aprobación de la presente Resolución, como suplentes para actuar en caso de ausencia de su respectivo miembro titular, a los siguientes juristas:
Marina García del Río (Argentina) Marcelo Böhlke (Brasil) Dionisio Nicolás Duré (Paraguay) Liliana Dono (Uruguay) Gisela Ramírez de Rodríguez (Venezuela)
Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XLV GMC EXT. - Brasilia, 15/VII/15.