VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 06/96 y 20/02 del Consejo del Mercado Común.
Que es necesario proceder a la armonización de los requisitos fitosanitarios para Cucurbita moschata (calabaza moscada o calabacita o coreanito) según País de Destino y Origen, para los Estados Partes, teniendo en cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados Partes.
EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el “Sub-estándar 3. 7. 51 Requisitos Fitosanitarios para Cucurbita moschata (calabaza moscada o calabacita o coreanito) según País de Destino y Origen, para los Estados Partes”, que figura como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Los Organismos Nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son:
Argentina: Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos - SAGPyA Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA
Brasil: Ministério da Agricultura, Pecuária e Abastecimento - MAPA Secretaria de Defesa Agropecuária - SDA
Paraguay: Ministerio de Agricultura y Ganadería - MAG Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas - SENAVE
Uruguay: Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - MGAP Dirección General de Servicios Agrícolas - DGSA
Art. 3 - Los Estados Partes deberán incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos internos antes del 01/VIII/09.
LXXIV GMC -Brasilia, 28/XI/08
SUB-ESTÁNDAR FITOSANITARIO MERCOSUR
SECCIÓN III - MEDIDAS FITOSANITARIAS
3.7. 51. Requisitos Fitosanitarios para Cucurbita moschata (calabaza moscada o calabacita o coreanito) según País de Destino y Origen, para los Estados Partes
2008
I- INTRODUCCIÓN
1.- ÁMBITO
Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios, armonizados, aplicados por las ONPFs de los Estados Partes en el intercambio regional, para Cucurbita moschata (calabaza moscada o calabacita o coreanito).
2.- REFERENCIAS
Estandar 3.7 Requisitos Fitosanitarios Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de Productos Vegetales, 2ª Rev. Octubre 2002, aprobado por Resolución GMC Nº 52/02. Listado Regional de Plagas Cuarentenarias. COSAVE, 2006. Listados Nacionales de Plagas Cuarentenarias de los Estados Partes, 2008.
3.- DESCRIPCIÓN
Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios armonizados utilizados por las ONPFs de los Estados Partes en el intercambio regional, para Cucurbita moschata (calabaza moscada o calabacita o coreanito), en sus diferentes presentaciones y organizados por país de destino y origen.
II. 51. A. PAÍS DE DESTINO: ARGENTINA
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Cucurbita moschata
CATEGORÍA 4 CLASE 3: SEMILLAS Código: CUUMO 2 13 01 03 4 Requisitos fitosanitarios: R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraguay ni Uruguay.
CATEGORÍA 3 CLASE 4: Frutas y Hortalizas. Código: CUUMO 1 08 01 04 3 (Fruta fresca). Requisitos fitosanitarios: R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. Declaraciones Adicionales: Brasil: DA7 - El producto fue cultivado en las Áreas Libres de Anastrepha grandis en los Estados de Río Grande del Norte y Ceará. o DA14 - El envío no presenta riesgo cuarentenario con respecto a Anastrepha grandis, como resultado de la aplicación oficialmente supervisada de medidas integradas en un enfoque de sistemas para el manejo del riesgo de la plaga, acordado con el país importador.
Paraguay: DA14 - El envío no presenta riesgo cuarentenario con respecto a Anastrepha grandis, como resultado de la aplicación oficialmente supervisada de medidas integradas en un enfoque de sistemas para el manejo del riesgo de la plaga, acordado con el país importador.
No hay Declaraciones Adicionales para Uruguay.
CATEGORÍA 1 CLASE 10: Otros. Código: CUUMO 1 08 03 10 1 (Fruto deshidratado). Requisitos fitosanitarios: R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
II. 51. B. PAÍS DE DESTINO: BRASIL
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Cucurbita moschata
CATEGORÍA 4 CLASE 3: SEMILLAS Código: CUUMO 2 13 01 03 4 Requisitos fitosanitarios: R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay ni Uruguay.
CATEGORÍA 3 CLASE 4: Frutas y Hortalizas. Código: CUUMO 1 08 01 04 3 (Fruta fresca). Requisitos fitosanitarios: R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay ni Uruguay.
CATEGORÍA 1 CLASE 10: Otros. Código: CUUMO 1 08 03 10 1 (Fruto deshidratado). Requisitos fitosanitarios: R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
II. 51. C. PAÍS DE DESTINO: PARAGUAY
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Cucurbita moschata
CATEGORÍA 4 CLASE 3: SEMILLAS Código: CUUMO 2 13 01 03 4 Requisitos fitosanitarios: R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil ni Uruguay.
CATEGORÍA 3 CLASE 4: Frutas y Hortalizas Código: CUUMO 1 08 01 04 3 (Fruta fresca). Requisitos fitosanitarios: R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil ni Uruguay.
CATEGORÍA 1 CLASE 10: Otros. Código: CUUMO 1 08 03 10 1 (Fruto deshidratado). Requisitos fitosanitarios: R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
II. 51. D. PAÍS DE DESTINO: URUGUAY
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Cucurbita moschata
CATEGORÍA 4 CLASE 3: SEMILLAS Código: CUUMO 2 13 01 03 4 Requisitos fitosanitarios: R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil ni Paraguay.
CATEGORÍA 3 CLASE 4: Frutas y Hortalizas Código: CUUMO 1 08 01 04 3 (Fruta fresca). Requisitos fitosanitarios: R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. Declaraciones Adicionales: Brasil: DA7 - El producto fue cultivado en el Área Libre de Anastrepha grandis en los Estados de Río Grande del Norte y Ceará. o DA14 - El envío no presenta riesgo cuarentenario con respecto a Anastrepha grandis, como resultado de la aplicación oficialmente supervisada de medidas integradas en un enfoque de sistemas para el manejo del riesgo de la plaga, acordado con el país importador.
Paraguay: DA14 - El envío no presenta riesgo cuarentenario con respecto a Anastrepha grandis, como resultado de la aplicación oficialmente supervisada de medidas integradas en un enfoque de sistemas para el manejo del riesgo de la plaga, acordado con el país importador.
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina.
CATEGORÍA 1 CLASE 10: Otros. Código: CUUMO 1 08 03 10 1 (Fruto deshidratado). Requisitos fitosanitarios: R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.