VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 04/91, 09/91 y 14/96 del Consejo del Mercado Común y la Resolución N° 20/95 del Grupo del Mercado Común.
Que los temas sobre políticas públicas regionales que beneficien a los jóvenes del MERCOSUR requieren de un ámbito específico para su tratamiento.
En tal sentido se considera conveniente la creación de un foro destinado a promover el diálogo, cooperación y elaboración de políticas juveniles en el ámbito del MERCOSUR.
EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
Art.1 - Crear la Reunión Especializada de la Juventud del MERCOSUR (REJ) dependiente del GMC con la tarea de promover al diálogo, elaboración, cooperación y fortalecimiento de políticas juveniles en el ámbito del MERCOSUR, con la finalidad de impulsar un mejoramiento de las condiciones de vida de los jóvenes.
Art. 2 - La Reunión Especializada de la Juventud del MERCOSUR, será integrada por los representantes gubernamentales a cargo de las políticas públicas de juventud de los Estados Partes.
Art. 3 -Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico del los Estados Partes por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XXXI GMC EXT. - Córdoba, 18/VII/06