VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 22/94 del Consejo del Mercado Común, la Resolución Nº 36/95 del Grupo Mercado Común y la Recomendación Nº 10/97 del CT Nº 1 «Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías».
Que es necesario ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, instrumento esencial de la Unión Aduanera.
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:
Art. 1- Ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - La presente Resolución entrará en vigencia el 1º/XII/97.
XXVII GMC - Montevideo, 5/IX/97
MODIFICACIÓN DE AEC
AEC AEC Actual (%) Acordado (%) 2913.00.10 Tricloroacetaldehído 12 2