VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión N° 15/15 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N° 60/18 y 39/21 del Grupo Mercado Común.
Que por la Resolución GMC N° 60/18 los órganos MERCOSUR con presupuesto propio deben elevar a consideración del Grupo Mercado Común (GMC) su proyecto de presupuesto para el ejercicio del año siguiente.
Que es conveniente asegurar los recursos para la ejecución presupuestaria de la Secretaría del MERCOSUR (SM) en el período anterior al pago de las contribuciones de los Estados Partes.
Que es necesaria la aprobación del presupuesto para el ejercicio 2023 que contemple el financiamiento de su estructura y funcionamiento.
Que, en el marco de las reformas de la estructura institucional del MERCOSUR en proceso, es necesario que la SM brinde apoyo a los demás órganos con presupuesto propio de la estructura. EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el “Presupuesto de la Secretaría del MERCOSUR para el ejercicio 2023”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - La ejecución del presupuesto aprobado se regirá por la Resolución GMC Nº 60/18, sus modificatorias y/o complementarias.
Art. 3 - Autorizar a la Secretaría del MERCOSUR (SM), en caso que no disponga de suficientes recursos provenientes de los aportes regulares de los Estados Partes relativos al ejercicio 2023, a utilizar, cuando existan, recursos excedentes hasta un máximo de US$ 872.939 (ochocientos setenta y dos mil novecientos treinta y nueve dólares estadounidenses) del saldo correspondiente a ejercicios anteriores, para el pago de egresos relativos al funcionamiento mínimo del órgano, correspondientes al primer trimestre del presupuesto aprobado para el 2023.
Art. 4 - Los recursos excedentes utilizados conforme a lo establecido en el artículo 3 de la presente Resolución deberán ser restituidos a la cuenta de excedentes a medida que los Estados Partes efectúen sus respectivos aportes, sin que ello comprometa la normal ejecución presupuestaria.
Art. 5 - La SM asistirá a los demás órganos con presupuesto propio de la estructura institucional del MERCOSUR en lo que comprende a las actividades de promoción, difusión, elaboración de documentos e informes, comunicaciones, uso de recursos informáticos y de internet. El apoyo podrá ser solicitado directamente por dichos órganos a la SM a través de su Dirección.
Art. 6 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR. LIX GMC Ext. - Montevideo, 03/XII/22. PRESUPUESTO DE LA SECRETARÍA DEL MERCOSUR PARA EL EJERCICIO 2023 I N G R E S O S US$ US$ (A) APORTES DE LOS ESTADOS PARTES 2.591.757 Argentina 647.939,25 Brasil 647.939,25 Paraguay 647.939,25 Uruguay 647.939,25 (B) OTROS INGRESOS 900.000 Utilización de Excedentes de años anteriores 900.000 TOTAL INGRESOS (A) + (B) 3.491.757 E G R E S O S I) GASTOS CORRIENTES 3.421.657 GASTOS EN PERSONAL 3.008.501 Remuneraciones (sueldo base y suplemento variable) 1.655.886 Sueldo anual complementario 137.990 Adicional al Grado (Carrera Funcional) 275.797 Aporte Fondo Previsión Social 251.143 Beneficios Sociales 687.685 CONTRATOS TEMPORALES 9.250 Auditoría Externa 2.500 Contratos Temporal Asesoría 6.750 VIAJES EN MISIÓN DE SERVICIO 53.807 Pasajes 24.960 Viáticos 27.347 Seguro de Viajes 1.500 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 350.099 Consumo y servicios relacionados a la Sede 96.720 Expensas/Gastos comunes 90.720 Gastos y servicios para la conservación del local 6.000 Consumos y servicios relacionados al funcionamiento Institucional 216.879 Suministros de oficina 12.800 Honorarios profesionales 1.600 Servicio de traducciones 30.000 Seguros sobre bienes 3.903 Comisiones y gastos bancarios 5.500 Arrendamiento de servicios 70.900 Comunicaciones 33.360 Mantenimiento y reparación de equipos 16.860 Licencias de software 39.456 Diferencias de cambio 2.500 Consumos y servicios relacionados a las actividades Institucionales 36.500 Promoción y difusión 36.500 II) GASTOS NO CORRIENTES MÁQUINAS, EQUIPOS DE OFICINA Y SOFTWARE 65.000 70.100 SISME 5.100 TOTAL EGRESOS (I) + (II) 3.491.757 3.491.757