VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 06/96, 58/00, 20/02 y 08/03 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nº 38/98 y 56/02 del Grupo Mercado Común.
Que resulta necesario perfeccionar los procedimientos para la elaboración, revisión y derogación de Reglamentos Técnicos MERCOSUR y Procedimientos MERCOSUR de Evaluación de la Conformidad, a fin de avanzar en el proceso de armonización y evitar las barreras técnicas al comercio.
Que es de interés de los Estados Partes otorgar mayor agilidad a los procedimientos para la elaboración, revisión y derogación de Reglamentos Técnicos MERCOSUR y Procedimientos MERCOSUR de Evaluación de la Conformidad, considerando los avances técnicos, científicos y tecnológicos.
Que resulta conveniente para la inserción del MERCOSUR en el mercado internacional tomar como base las normas, directivas y recomendaciones internacionales de referencia, en la elaboración y revisión de los Reglamentos Técnicos MERCOSUR y Procedimientos MERCOSUR de Evaluación de la Conformidad.
Que se considera necesario tomar medidas para la protección de la vida o de la salud animal o vegetal, del medio ambiente, de la defensa del consumidor o para la prevención de prácticas engañosas, en los niveles que se considere apropiado siempre que no se apliquen de forma que constituyan barreras técnicas al comercio o discriminación arbitraria o injustificable al comercio y que se basen en criterios técnicos y científicos.
Que está vigente el Convenio de Cooperación entre el MERCOSUR y la Asociación MERCOSUR de Normalización, firmado en la ciudad de Mendoza, el 20 de julio de 2017. El GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar los “Procedimientos para la elaboración, revisión y derogación de Reglamentos Técnicos MERCOSUR y Procedimientos MERCOSUR de Evaluación de la Conformidad”, que constan como Anexo y forman parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Derogar la Resolución GMC Nº 56/02.
Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR. XLIX GMC Ext - Brasilia, 19/XII/17.