VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones Nº 08/06 y 04/07 del Consejo del Mercado Común.
La conveniencia de establecer un programa de actividades en el ámbito del IMEF.
Las propuestas presentadas por los Estados Partes a fin de profundizar la formación de funcionarios públicos en la temática del MERCOSUR y aspectos fundamentales de la integración regional.
La importancia atribuida por los órganos decisorios del MERCOSUR a la capacitación de los funcionarios involucrados en el proceso de integración.
EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar la realización de las actividades académicas en el marco del Instituto MERCOSUR de Formación, que constan en Anexo y forman parte de la presente Resolución.
Art. 2 - La CRPM elaborará una propuesta de financiamiento y un cronograma de las actividades académicas contempladas en el Anexo de la presente Resolución, en base a cooperación técnica o a aportes voluntarios de los Estados Partes, la que será considerada por el GMC.
Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XXXIII GMC EXT - Montevideo, 16/XII/07