VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 22/94 del Consejo del Mercado Común, la Resolución Nº 36/95 del Grupo Mercado Común y la Propuesta Nº 10/97 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR.
Que es necesario ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, instrumento esencial de la Unión Aduanera.
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:
Art. 1 Ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, conforme el estudio de solicitudes de aperturas presentadas por los Estados Partes, que figura como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 La presente Resolución entrará en vigencia el 1/I/98.
XXVIII GMC - Montevideo, 13/XII/97
SUSTITUCION DE CODIGOS
PRIVATEDONDE DICE: DEBE DECIR
8543.13.23 Microcontroladores 8542.13.23 Microcontroladores
(Solo en la versión en idioma español)
8705.90.00 Los demás 8705.90 Los demás
MODIFICACION DE AEC
PRIVATEAEC Actual (%) AEC Acordado (%) 2823.00.90 2 8
SUSTITUCION DE TEXTO
DONDE DICE DEBE DECIR 0305.59.10 Bacalaos ("gadidae") De las especies citadas en la Nota Complementaria 1 de este Capítulo 2821.10.11 Con un contenido de Con un contenido de Fe2O3 Fe2O3 superior o igual superior o igual al 85% en peso al 90% en peso (Sólo en versión en idioma español) 3206.11.11 De granulometría superior o Con tamaño promedio de partíigual a 0,6 micrómetros, con cula superior o igual a 0,6 miadición de modificadores crómetros, con adición de modificadores 9018.20.10 Para cirugía de córnea que Para cirugía que operen operen por láser por láser
ELIMINACIONES
2823.00.20 Tipo rutilo 8% 3206.11.2 Otros pigmentos 3206.11.21 Tipo anatasa 12% 3206.11.29 Los demás 2%
INCORPORACIONES
Capítulo 3
Nota complementaria 1. 1. El ítem 0305.59.10 comprende únicamente los pescados de las siguientes especies: bacalaos polares (Boreogadus saida), carboneros (Pollachius virens), marucas (Molva molva), marucas azules (Molva dypterygia), brosmios (Brosme brosme), brótolas de fango (Urophycis blennoides) y eglefinos (Melanogrammus aeglefinus). 3206.11.20 Los demás pigmentos 12% 8705.90.10 Camiones para la determinación de parámetros físicos característicos (perfilaje) de pozos petrolíferos 2% 8705.90.90 Los demás 20%
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