VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión N° 15/15 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N° 48/18 y 60/18 del Grupo Mercado Común.
Que por la Resolución GMC N° 60/18 los órganos MERCOSUR con presupuesto propio deben elevar a consideración del Grupo Mercado Común (GMC) su proyecto de presupuesto para el ejercicio del año siguiente.
Que es conveniente asegurar los recursos para la ejecución presupuestaria del Instituto de Políticas Públicas de Derechos Humanos (IPPDDHH) en el período anterior al pago de las contribuciones de los Estados Partes.
Que es necesaria la aprobación del presupuesto para el ejercicio 2020 que contemple el financiamiento de su estructura y funcionamiento. EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el “Presupuesto del Instituto de Políticas Públicas de Derechos Humanos para el ejercicio 2020”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - La ejecución del presupuesto aprobado se regirá por la Resolución GMC Nº 60/18, sus modificatorias y/o complementarias.
Art. 3 - Autorizar al Instituto de Políticas Públicas de Derechos Humanos (IPPDDHH), para el caso que no se disponga de suficientes recursos provenientes de los aportes regulares de los Estados Partes relativos al ejercicio 2020, a utilizar, en caso de que existan, saldos de recursos excedentes hasta un máximo de US$ 180.000 (ciento ochenta mil dólares estadounidenses) del saldo de recursos excedentes de ejercicios anteriores, para el pago de egresos relativos al funcionamiento mínimo del órgano, correspondientes al primer trimestre del presupuesto aprobado para el 2020.
Art. 4 - Los recursos excedentes utilizados conforme a lo establecido en el artículo 3 de la presente Resolución deberán ser restituidos a la cuenta de excedentes a medida que los Estados Partes efectúen sus respectivos aportes, sin que ello comprometa la normal ejecución presupuestaria.
Art. 5 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR. LII GMC Ext. - Bento Gonçalves, 03/XII/19. Presupuesto DEL IPPDDHH PARA EL EJERCICIO 2020 I N G R E S O S US$ US$ (A) APORTES DE LOS ESTADOS PARTES 716.433 716.433 Argentina 447.771 Brasil 179.108 Paraguay 44.777 Uruguay 44.777 (B) OTROS INGRESOS Utilización de excedentes de años anteriores: Rubros en los cuales serán destinados TOTAL INGRESOS (A) + (B) 716.433 E G R E S O S I) GASTOS CORRIENTES 711.433 711.433 GASTOS EN PERSONAL 494.289 Remuneraciones (sueldo base y suplemento variable) 306.488 Sueldo anual complementario 28.012 Adicional al cargo (carrera funcional) Aporte al fondo de previsión social 46.830 Beneficios sociales 112.959 CONTRATOS TEMPORALES 15.500 Contratos temporales de apoyo 12.500 Contratos temporales de asesorías Auditoría externa 3.000 VIAJES EN MISIÓN DE SERVICIO 11.644 Pasajes 2.400 Viáticos 7.444 Seguros de viaje 1.800 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 190.000 CONSUMOS Y SERVICIOS RELACIONADOS A LA SEDE 18.300 Suministros y gastos comunes 4.800 Servicios de limpieza 9.600 Conservación del local 1.200 Seguros sobre bienes 1.500 Otros gastos y servicios diversos 1.200 CONSUMOS Y SERVICIOS RELACIONADOS AL FUNCIONAMIENTO INSTITUCIONAL 75.100 Servicios y gastos de funcionamiento 59.800 Comunicaciones 7.200 Gastos bancarios 5.400 Mantenimiento y reparación de equipos 2.400 Correo CONSUMOS Y SERVICIOS RELACIONADOS A LAS ACTIVIDADES INSTITUCIONALES 96.600 Elaboración de estudios 24.000 Otros servicios contratados 34.600 Gastos de eventos 24.000 Traducciones 1.000 Reintegro de gastos no elegibles de proyectos 12.000 Otros 1.000 II) GASTOS NO CORRIENTES 5.000 5.000 Máquinas y equipos de oficina y software 5.000 Mobiliario Obras y reformas TOTAL EGRESOS (I) + (II) 716.433 716.433