VISTO: Los artículos 14, 32 y 45 del Protocolo de Ouro Preto.
Que la Res. GMC Nº 74/98 establece que la SAM deberá elevar a consideración del GMC, el Proyecto de Presupuesto para el Ejercicio.
Que es necesario que el Grupo Mercado Común apruebe el presupuesto de ingresos y egresos de funcionamiento de la SAM.
Que la SAM elevó un proyecto de Presupuesto para el Ejercicio 2000.
EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el Presupuesto de ingresos y egresos de la Secretaría Administrativa del MERCOSUR correspondiente al Ejercicio 2000, en sus versiones en español y portugués, que figura como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Los ingresos extra presupuestales obtenidos por la SAM durante el ejercicio económico, podrán ser utilizados en gastos de funcionamiento, dando prioridad a los gastos del Boletín Oficial del MERCOSUR.
El Director podrá, conforme a la evolución de los gastos, efectuar las trasposiciones de fondo de estos ingresos extra-presupuestales, dentro de los mismos rubros.
Art. 3 - A partir de la aprobación de la presente Resolución, la SAM deberá elevar a consideración del GMC, en la última reunión ordinaria de cada año, su proyecto de Presupuesto para el ejercicio del año siguiente.
XXXVI GMC - Montevideo, 18/XI/99