VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 9/91 y 23/00 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 20/95 del Grupo Mercado Común.
La conveniencia de establecer un foro que se preste al diálogo y la cooperación entre las autoridades de nivel municipal de los Estados Partes del MERCOSUR;
EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
Art.1 - Crear la Reunión Especializada de Municipios e Intendencias del MERCOSUR, con la tarea de promover el diálogo y la cooperación entre las autoridades de nivel municipal de los Estados Partes del MERCOSUR, de manera de promover el bienestar y una mejor calidad de vida a los habitantes de las ciudades de la región.
Art.2 - La Reunión Especializada de Municipios e Intendencias del MERCOSUR será integrada por representantes de Municipios e Intendencias designados por los cuatro Estados Partes.
Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de organización o funcionamiento del MERCOSUR.
XL GMC - Brasilia, 7/XII/00
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